Correo Argentino de la familia Macri, en los intentos de correr a la fiscal Gabriela Boquin, pretende que intervenga por su recusación el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires. Por ahora sus reclamos son rechazados, peo no está dicha la última palabra.
Así se expidió el Procurador en planteos en los que SOCMA pretendía principalmente apartar a la fiscal Boquín, a quien recusó en numerosas oportunidades desde que se opuso a un acuerdo que era perjudicial y ruinoso para el Estado.
Luego de 20 años de tramitación del expediente, la jueza Marta Cirulli decretó la quiebra del Correo Argentino en duros términos al adjudicar a la empresa y sus accionistas un intento por perjudicar al Estado. Días después suspendió sus efectos a pedido de la empresa.
La empresa concursada reclamó en incidente aparte la recusación de la fiscal Boquin. Socma acusó a la fiscal tras sus declaraciones ante la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público del Congreso en la que hizo referencia a la persecución en su contra por su intervención en la causa Correo.
El planteo de recusación fue rechazado por la jueza Cirulli y por la Sala B de la Cámara Comercial. La firma, descontenta con los fallos interpuso insólitamente un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, intentando introducir a esa Corte porteña en el caso.
Como las juezas rechazaron el planteo, la empresa presentó un recurso de queja directo.
La cuestión fue escalando hasta la Corte Nacional, que le pidió opinión a Casal. Para la Procuración el tema está muy claro: “el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene competencia para revisar la sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial”.
Según Casal, “el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación prevé únicamente la apelación de las sentencias de las cámaras nacionales a través del recurso extraordinario federal”. Es para que intervenga la Corte Suprema de Justicia.
Lo contrario, “representa una transferencia de competencia jurisdiccional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sólo podría ser efectuada por el Congreso de la Nación”.
Ahora serán los supremos Carlos Rosenkrantz, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti los que definan la cuestión.
El TSJ pertenece a la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, sus miembros son elegidos por la Legislatura Porteña y el Poder Ejecutivo porteño. La causa del concurso de acreedores del Correo Argentino tramita en fuero Comercial Nacional, como todas las quiebras y concursos, donde actúan jueces elegidos por el Consejo de la Magistratura nacional, y el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.
La Cámara Comercial ya había dicho que “el recurso de inconstitucionalidad interpuesto… no se encuentra previsto en la normativa del Código Procesal, Civil y Comercial, de aplicación a la materia y litigios ventilados en este fuero y la específica cuestión concursal de este proceso, por lo que corresponde su rechazo en forma liminar”.
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