El presidente el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy (IVUJ), Gustavo Muro, explicó que “debido a la emergencia sanitaria y epidemiológica por coronavirus en Jujuy, cambiamos la fecha de vencimiento de la refinanciación así las familias tendrán más tiempo para consultar y organizarse, de modo que los programas adjudicados hace más de 10 años podrán presentarse a refinanciar hasta el 15 de abril, y los adjudicados hace menos de 10 años podrán hacerlo hasta el 30 de abril, sólo en Casa Central y Delegaciones del IVUJ, para lo cual nos estamos preparando para garantizar medidas de seguridad y cuidado en la atención al público”, enfatizó.
El titular del organismo expresó también que “para evitar aglomeraciones se entregarán turnos con fecha y horario de atención; y que las nuevas fechas de refinanciación están sujetas a lo que acontece diariamente con la pandemia por coronavirus que estamos atravesando como provincia y país, por eso toda novedad será comunicada a través de nuestro sitio web oficial ivuj.gob.ar, y cualquier duda podrán consultar en esa misma web, además reitero que el IVUJ no cuenta con gestores ni intermediarios”, subrayó.
Muro expresó que “cuando recuperemos el modo de atención al público que por ahora está previsto para el próximo 25 de marzo, es cuando los adjudicatarios podrán presentarse tanto en Casa Central como en las Delegaciones de La Quiaca, San Pedro y Libertador, de lunes a viernes, de 8 a 14, para realizar consultas y que los asesoremos en este plan de refinanciación que apunta a regularizar deuda e incrementar el recupero de cuotas que nos permitan seguir construyendo viviendas para quienes aún lo necesitan”, recalcó.
Los Requisitos para refinanciar son los siguientes:
- DNI del titular y cotitular (copia)
- Fotocopias de Resolución de Adjudicación y/o Escritura
- Últimos tres (3) recibos de sueldo del Titular y Cotitular, en caso de no percibir el mismo, Certificado de Negatividad o en su defecto Declaración Jurada de Ingresos.
- Constancia de CBU certificada por el Banco.
En el caso que el monto de la deuda vencida supere los $50.000, deberá presentar Garante indefectiblemente con los siguientes requisitos: DNI; constancia de CUIL; certificado de residencia; últimos tres (3) recibos de sueldo; constancia de no estar afectado a ningún sistema financiero como deudor VERAZ (Informe Comercial de Jujuy).
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