Al respecto, la Directora Provincial de Rehabilitación, Veronica Curet, explicó que “el espíritu de esta resolución tiene que ver con aclarar que las personas con discapacidad se encuentran en igualdad de condiciones con el resto de la población. Es decir, que aquellas personas que a pesar de tener discapacidad tienen autonomía: trabajan, van a hacer las compras o tienen necesidad de salir por una excepción, les aplica la norma del mismo modo que a cualquier persona sin discapacidad, tal el caso de las salidas por terminación del DNI”.
“Ahora, la excepción sobre la circulación de personas con discapacidad tiene que ver con salidas terapéuticas y es exclusiva para aquellas personas que requieren descarga por su condición de salud de base que le generó la discapacidad. Se trata de personas que requieren de estas salidas ya que de lo contrario puede empeorar su condición de salud de base. En general, se asocian a discapacidades de tipo intelectual o mental”, agregó Curet.
De este modo, resaltó que “se permiten estas salidas con indicación médica o de sus equipos tratantes, en un radio de 500 metros de la vivienda, por periodos breves y sin que tengan carácter obligatorio, siempre respetando todas las medidas recomendadas como uso de tapabocas o barbijo casero, la distancia social, el uso de alcohol en gel estando en la vía pública y todas las indicaciones para el regreso al hogar”.
Además, “en virtud de la situación epidemiológica de Jujuy, se agrega en la resolución que si la persona cuenta con vehículo particular propio o de un familiar, puede realizar una salida terapéutica breve a una distancia de hasta 1 kilómetro de su domicilio”, sostuvo Curet.
Por último, señaló que “es importante destacar que las salidas terapéuticas no son alcanzadas por aquellas organizadas según terminación del documento y esto porque no se puede pautar ni prever cuándo la persona podrá necesitar la descarga, por eso se asocian a una solicitud médica”.
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