La ley de declaración de emergencia pública en materia de género tiene como objeto profundizar las diferentes medidas urgentes y necesarias implementadas en la provincia con la finalidad de prevenir y erradicar la violencia de género en todas sus manifestaciones. Al igual que su antecedente, ley N° 6168 (Iara) tiene una vigencia de dos años con la posibilidad de ser prorrogada por la autoridad de aplicación, el Consejo Provincial de Mujeres, la Igualdad de Género y el Respeto a las Diversidades).
En relación al presupuesto, el artículo 2° establece que se asignan partidas presupuestarias necesarias fijadas en la ley de presupuesto, de los recursos provenientes de leyes y/o subsidios provinciales y/o nacionales y de los recursos provenientes de legados, donaciones, contribuciones, programas y aportes de personas humanas y/o jurídicas, públicas o privadas, estatales o no, nacionales, provinciales, municipales o internacionales.
Asimismo, posibilita el acceso prioritario a la vivienda a través la coordinación entre la autoridad de aplicación y el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy a partir de programas a mujeres y personas del colectivo LGTBIQA+ que sean jefas de hogar con hijos a cargo y que se encuentren en situación de violencia.
También instituye que todo agente público de las fuerzas de seguridad que se niegue u obstaculice la recepción de una denuncia y no diera curso inmediato a las denuncias sobre personas extraviadas o desaparecidas será pasible de una sanción de expulsión de las fuerzas si se acreditara su responsabilidad. Asimismo, establece que todo funcionario con condena firme por delitos cometidos en ocasión de violencia de género o por ser perpetrados en razón de su orientación sexual, identidad y expresión de género quedará inhabilitado para ejercer la función pública.
De igual manera, se insta al Consejo Provincial de Mujeres, la Igualdad de Género y el Respeto a las Diversidades a informar a la Legislatura, cada año, las acciones realizadas.
En relación, Mariela Ortíz, miembro informante, explicó “el Estado tiene un rol central en la creación de políticas públicas para la sociedad. Esto se ve plasmado en la voluntad del gobernador, Carlos Sadir, en reconocer la emergencia en violencia de género. El camino que se transitó no fue fácil porque la violencia de género no solo afecta a las mujeres que la sufren, sino que impacta de manera profunda en las familias, en los padres y en los hijos que sumidos en el dolor deben asumir pérdidas irreparables”. Para finalizar, la legisladora agregó “como le pasó a Mónica, madre de Iara, que a pesar del dolor y ausencia de su hija asumió el compromiso de la lucha acompañando a todas las familias que sufren violencia de género.
Porque sabemos de la responsabilidad innegable que tiene el gobierno en materia de violencia de género, como ya se manifestó y se votó por unanimidad, pedimos el acompañamiento de los diferentes bloques para la sanción del proyecto, con el convencimiento de que a 40 años de la democracia, nos ocupa como política acelerar la transformación cultural para derribar desigualdades, inequidades de género y las violencias”.
Águila Poma, monumento natural provincial
En relación de la ley N° 6387, el miembro informante, Daniel Ruiz, argumentó que durante muchos años fue depredada en su ambiente forestal que ocupa las yungas, los bosques montanos. Desde hace muchísimo tiempo organizaciones ambientales la declararon en peligro de extinción; en el 2017 el Ministerio de Ambiente también lo hizo. Se desarrollaron proyectos que tienen que ver con su seguimiento, estudio de ambiente, ecología y reubicación de especies. Esta ley tiene como objeto conservar y preservar el águila”.
El Águila Poma mide entre 64 y 74 cm de largo, tiene una cresta aguda, alas anchas y proporcionalmente largas, y su cola tiene punta negra ancha y una franja ancha color gris pálido en la parte media. Desde 1958 y durante casi 30 años no se supo nada sobre su presencia, llegando a considerarla exista. En 1987 se la detectó nuevamente en Calilegua.
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