Gerardo Morales anunció que se resolvió reducir la cantidad autorizada de personas en reuniones sociales en domicilios particulares, pasando de 20 a 10; como así también se dispuso ampliar la franja de restricción a la circulación en el horario de 1 a 6, en el marco de las estrategias contempladas para luchar contra la pandemia de coronavirus en Jujuy. Las medidas entrarán en vigencia la madrugada del domingo 13 de junio.
Además, reafirmó el concepto de mantener la normalidad, con actividades económicas abiertas, al igual que la administración y la presencialidad en los establecimientos educativos.
Así lo hizo saber en un nuevo reporte del Comité Operativo de Emergencia (COE) emitido el pasado viernes, 11 de junio, oportunidad en la cual también anunció significativas mejores en las condiciones laborales de agentes de Salud.
En este sentido, emitió un decreto acuerdo por el cual modifica de 4 a 13 la categoría de ingreso de agentes de Salud que se desempeñan como agente sanitario, enfermero profesional, técnico en laboratorio, radiología, instrumentador quirúrgico, emergencia pre hospitalaria, farmacia, asistente dental, estadística, esterilización, hemoterapia, técnico superior en agente sanitario y toda otra capacitación de institución educativa formal de nivel terciario. En tanto, los que ya revisten categoría 4 a 6, también pasarán a categoría 13.
Por otra parte, enfermeros profesionales y demás personal técnico egresado de una institución educativa formal de nivel terciario, ingresarán en categoría 15. Si actualmente están en una categoría menor, serán reencuadrados en categoría 15.
Asimismo, se modifica el Decreto 3236, ampliando el módulo de atención y desempeño a favor de la incorporación de los agentes sanitarios que recibirán un pago diferencial y extraordinario equivalente al 60% de dos guardias médicas del interior, por su labor en la prevención tendiente a mitigar la propagación de COVID-19.
Finalmente, y dentro del ámbito de la Salud y exclusivamente para personal del agrupamiento técnico de la Ley 3161 y profesionales de la Ley 4413, se creó el módulo de compensación por extensión horaria, que tiene por objeto el reconocimiento económico a los agentes que prestan servicios fuera de la carga horaria, evitando así la licencia por compensatorio.
Es oportuno recordar, que están prohibidas las reuniones masivas de personas, tanto en ambientes cerrados, como abiertos. Los denominados "tercer tiempo" en canchas y adyacencias.
Cualquier violación a las normas vigente, implica multa desde los $40.000 a los $340.000. Las mismas aumentan por la gravedad de la falta, hasta $1.000.000.
La ocupación de camas UTI en el sector público, alcanza el 65% en toda la provincia, mientras que en el sector privado la ocupación es de 69%.
También participaron del informe el ministro de Salud, Gustavo Bouhid; su par de Seguridad, Guillermo Corro; el coordinador del COE, Omar Gutiérrez; y la directora de Epidemiología, Fabiana Vaca; entre otros.
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