En las próximas elecciones todos los ciudadanos habilitados a votar podrán hacerlo tanto con el nuevo DNI tarjeta como con el DNI libreta celeste, el DNI verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica. Aclaración, el llamado “DNI en tu celular” no sirve para votar.
Sin embargo, los electores sólo podrán votar con el documento que figure en el padrón electoral o con una versión posterior.
Antes, cuando se obtenía un nuevo documento, se lo marcaba como duplicado, triplicado, etc. Ahora son “Ejemplar A” (el original), “Ejemplar B” (el duplicado), “Ejemplar C” (el triplicado), etc. En el padrón figura como EA, EB, etc.
De esta manera, un elector puede presentarse con libreta de enrolamiento o libreta cívica para votar siempre y cuando nunca haya gestionado el nuevo DNI. Asimismo, el DNI tarjeta que contiene la leyenda “no válido para votar”, y no contiene identificado el ejemplar, también es válido para votar.
No podrán votar ni en las elecciones aquellos que no figuren en el padrón de la mesa, no presenten el documento habilitante, figuren en el padrón como anulados por la Justicia Electoral o presenten un documento anterior al que figura en el padrón.
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