Así lo resolvió hoy, 14 de diciembre de 2022, el Tribunal en lo Criminal Nº 2, al sentenciar a G.L. por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la situación de convivencia con una persona menor de 18 años (cuatro hechos); Abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia con una persona menor de 18 años en grado de tentativa (tres hechos)”.
Además, ordeno que firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
El Tribunal estuvo integrado por el juez Dr. Luís Ernesto Kamada - presidente de trámite - y las juezas Dra. Cecilia Sadir y Dra. Alejandra Tolaba; secretaría a cargo del Dr. Jorge Rodríguez.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, siete fueron los hechos delictivos por los que juzgaron a G.L., los que ocurrieron en diferentes viviendas de San Salvador de Jujuy, donde el acusado convivió con las menores de edad.
Así, entre el 2 de febrero de 2010 y 1 de febrero de 2012, el imputado comenzó a agredir sexualmente a una de las menores de edad, quién tenía entre 6 y 7 años, aprovechando que la madre de la niña no se encontraba en el inmueble, y además, en una de las oportunidades, amenazó con golpear a la víctima si no hacía lo que él le indicaba.
Los ilícitos se reiteraron entre el 2 de febrero de 2012 y el 1 de febrero de 2014, cuando la menor contaba entre 8 y 9 años de edad; y entre el 2 de febrero de 2015 y el 1 de febrero de 2016 cuando la niña tenía 10 años de edad.
La segunda víctima del accionar delictivo de G.L. fue una niña de 5 años de edad, hermana de la otra menor víctima. El abuso sexual ocurrió entre el 31 de mayo y el 1 de febrero de 2014 cuando la madre de la menor salió a trabajar y el hombre se encontraba a solas con la niña en la vivienda en la que convivían.
Pedido de prisión
Como Fiscal ante el Tribunal, representante del Ministerio Público de la Acusación, se desempeñó el Dr. Diego Cussell, quién pidió para el acusado la pena de 30 años de prisión; mientras que las querellantes, Dras. Mariana Vargas y Valeria Jimena Medina, adhirieron a lo solicitado por el fiscal.
Por su parte, la defensa técnica del enjuiciado fue ejercida por el Dr. Pablo Rodrigo Cuellar y la Dra. Emma María Mercedes Arias, quienes requirieron para su defendido la absolución lisa y llana o la absolución por el beneficio de la duda.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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