ZONA EXTERIOR del establecimiento: lugar donde confluyen grupos humanos.
En la entrada los asistentes deberán mantener 1,50 metros de distancia. El ingreso deberá ser mediante turnos asignados.
ZONA DE CONTROL: considerada la zona de amortiguación entre la zona exterior y la zona de actividad física.
Al situarse personal/socios en esta zona se controlará y cumplirá con lo siguiente:
1) Dividir la zona de ingreso y egreso. Señalizar con cintas adhesivas u otro método (ver anexo I).
2) Se colocarán 2 trapos de pisos con lavandina diluida en agua:
El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de acceso al local. Quien ingrese deberá realizar la limpieza de los pies en el mismo lugar.
El segundo estará dentro del local. Nuevamente se deberá realizar la limpieza de pies, sé rociara con alcohol al 70 % todo el calzado, deberá haber un cambio de barbijo que será utilizado solo para la actividad a realizar y luego se proveerá de alcohol en gel que deberá estar en contacto con las manos como mínimo 20 segundos. En este sector deberá encontrarse un empleado del establecimiento de manera tal se controle lo ya mencionado.
Los trapos de piso con lavandina se lavaran en cada cambio de turno.
3) Los socios no podrán tocar la puerta de ingreso.
4) Se limpiara las superficies con agua y lavandina.
5) Solo podrán ingresar aquellas personas que cuenten con barbijo para la actividad física.
6) No deberán asistir personas de alto riesgo.
ZONA DE ACTIVIDAD: el ingreso se realiza solo tras haber completado los dos primeros pasos del protocolo.
1) El establecimiento deberá contar con un circuito para el desplazamiento de las personas de manera tal que le permita llegar a su lugar asignado para realizar la actividad. Este circuito será unidireccional y estará previamente señalizado.
2) La actividad tendrá una duración de 45 min.
3) El establecimiento deberá asegurar la limpieza con agua y lavandina de todas las superficies luego de terminar la actividad.
4) El tiempo destinado a la limpieza general no deberá ser menor a 30 min.
5) Dentro del establecimiento se autoriza la permanencia de hasta el 30% de la capacidad total, sujeto a que se cumpla con la distancia mínima de 2 metros entre persona evitando el contacto humano. Se delimitara el lugar asignado para la persona en cuadrados de 2 metros x 2 metros. Solo se podrán usar elementos personales, no podrán compartirse y deberán alternarse de manera que en una clase se utilice elementos y en la siguiente no.
6) Las clases de artes marciales no podrán tener contacto.
7) Sera obligatorio el uso de barbijo deportivo.
8) Se deberá ventilar adecuadamente el salón de forma natural.
9) Se recomienda no utilizar celulares durante la clase.
10) El socio deberá ingresar con botella de agua y una toalla. En caso que se le terminara el agua, no podrá ser llenada en los baños, este deberá adquirir una de la heladera del establecimiento.
11) No se podrá utilizar los vestuarios. El socio deberá ingresar y retirarse con la misma indumentaria.
12) El baño solo será de uso emergente.
13) No se podrá utilizar ventilación mecánica (ventiladores).
ZONA DE ATENCIÓN: espacio exclusivo para personal del gimnasio.
1) Se recomienda la instalación de una barrera física real (vidrio, acrílico, etc.) entre personal de atención y el cliente (de no contar con esto respetar el distanciamiento mínimo de 1, 5 metros entre dos personas).
2) El personal deberá contar con manoplas de nylon para la atención, pero el uso no significa que no deberá desinfectarse las manos. En caso de detectar que las manos ya se encuentran visiblemente húmedas o el nylon se haya deteriorado, deberá proceder al cambio del mismo debido a que dejara de ser efectivo el uso.
3) Se recomienda el uso pagos electrónicos (transferencias, depósitos, etc.).
4) En caso de que los pagos electrónicos no se lograran, el establecimiento deberá proponerse estratégicamente un modo que no se produzca una aglomeración de los socios.
5) En caso que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto la tarjeta como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol.
6) Los establecimientos podrán disponer de cualquier material de difusión para favorecer la prevención de COVID-19
MEDIDAS GENERALES DE PROTECCION AL TRABAJADOR
El empleador proveerá al personal obligatoriamente los siguientes insumos y elementos de protección:
– Alcohol en gel
– Barbijo social de tela
– Manoplas de nylon
– Correcto funcionamiento de los sanitarios (agua, jabón líquido y toallas de papel)
– Rociador con alcohol y agua
– Lavandina
– Trapos de piso
DETECCION DE UN CASO SOSPECHOSO EN UN ESTABLECIMIENTO
En un supuesto caso de que alguna persona sea considerada como caso sospechoso, por presentar síntomas como tos seca, fiebre de 37,5 °C o más, se realizará la denuncia epidemiológica al 0800- 888-4767 y se limpiará las áreas donde circuló la persona con agua y lavandina y/o desinfectantes.
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