El magistrado consideró que el accionar de las fuerzas de seguridad “no aparecen adecuados a los principios republicanos que consagra la Constitución Nacional”.
El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°11, Martín Cormick, resolvió rechazar una medida cautelar solicitada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en el marco de una acción de amparo colectiva que busca declarar la inconstitucionalidad de la Resolución 943/23, conocida como “Protocolo Antipiquetes”.
El accionar de las fuerzas de seguridad no aparecen adecuados a los principios republicanos que consagra la Constitución Nacional
La medida solicitada pretendía suspender el referido protocolo y que se ordene al Ministerio de Seguridad que respete y garantice el derecho a la vida, integridad personal, la salud y la libertad de expresión de quienes participen de protestas, transiten por las zonas en donde se lleva a cabo una protesta o desempeñen su labor periodística para brindar cobertura a dichos eventos.
La acción originalmente iniciada por CELS argumentaba que el Protocolo Antipiquetes vulnera los derechos constitucionales enunciados en lo sartículos 14, 14bis, 19, 28, 75 inciso 12 e inciso 22 y los artículos 7.2, 13,15 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Sin perjuicio de que el magistrado rechazó la cautelar, expresó que “no desconoce ni es impasible a los desgraciados hechos de público conocimiento sucedidos el 12/03/25 que no aparecen adecuados a los principios republicanos que consagra la Constitución Nacional y las normas supranacionales que constituyen la ley suprema de nuestro país”.
Así, frente a la proximidad de la marcha convocada para este miércoles 19 de marzo, Cormick expresó que “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda a efectos de incorporar de oficio - a través de los medios probatorios previstos en el CPCCN (aplicable supletoriamente -art. 17 ley de amparo)- toda prueba relativa a cualquier conducta, hecho y/o acto que resulte procedente para resolver la cuestión en debate en estos autos, tal es el planteo de inconstitucionalidad de la Resolución 943/23 (Protocolo de Seguridad)”.
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