Desde el bloque de Unión por la Patria advirtieron que los cambios sugeridos por el Gobierno en la Ley Ómnibus son "un engaño" y advirtieron que con las facultades discrecionales que pide el artículo 1 del proyecto, y que parece que la oposición aprobaría, le permite a Javier Milei pueda realizar los cambio de manera discrecional igual.
"A todo lo que supuestamente 'renuncia' el oficialismo en la nueva versión de la ley ómnibus, Milei lo puede hacer al otro día de aprobada la ley por el margen de facultades discrecionales que le van a delegar los que la aprueben. El nuevo texto es un engaño. Espero que todos se den cuenta", explicó el diputado y jefe de la bancada opositora, Germán Martínez, en su cuenta de Twitter.
A todo lo que supuestamente "renuncia" el oficialismo en la nueva versión de la ley ómnibus, Milei lo puede hacer al otro día de aprobada la ley por el margen de facultades discrecionales que le van a delegar los que la aprueben.
— GERMAN MARTINEZ (@gerpmartinez) January 22, 2024
El nuevo texto es un engaño. Espero que todos se…
Una por una las modificaciones de la Ley Ómnibus
- El Gobierno aceptó reducir el plazo de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética y administrativa y de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogarlas por un año más con aprobación del Congreso. El proyecto original establecía dos años con dos de prórroga
- Movilidad jubilatoria: se dispuso que hasta marzo se va a mantener el ajuste trimestral bajo la fórmula actual. A partir de abril, habrá una “actualización automática por inflación mensual”, en base al último dato de inflación disponible del INDEC
- Privatizaciones: La petrolera estatal YPF quedó fuera del listado de empresas a ser privatizadas. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa
- Reuniones de tres personas: el Gobierno eliminó el polémico artículo 331 de la ley ómnibus que establecía que se debía pedir autorización para una manifestación y definía que se trataba de la “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”
- Reforma electoral: Los artículos se eliminaron del proyecto y se dará en sesiones ordinarias el debate de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados
- Blanqueo de capitales: En el nuevo proyecto se establece que los sujetos no residentes que adhieran al Régimen de Regulación de Activos no podrán declarar bienes que se encuentren a nombre de terceros. Quedan excluidos del blanqueo los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los últimos 5 años. Se establece que lo recaudado por Impuesto Especial de Regularización se destinará a la capitalización del Banco Central
- Código Civil y Comercial: El Gobierno debió retirar su intención de modificar sustancialmente el Código Civil y Comercial. Se eliminaron de la Ley las modificaciones a los artículos 804, 887, 888, 911, 912, 994, 1002, 1004, 1011, 1014, 1056, 1082, 1528, 1539, 1641, 1642, 1643, 1649, 1741, 1754, 1796, 2000, 2038, 2047, 2089, 2207, 2331, 2332, 2333, 2334, 2468, 2542 y 2546
- Se mantiene el capítulo de contratos “solo a los fines de acrecentar la libertad económica de las partes”
- Retenciones: El nuevo proyecto establece en 0% las retenciones para las economías regionales, un reclamo de los gobernadores
- Pesca: Se retira la palabra “internacional” del sistema de asignación de cuotas pesqueras, que había generado el rechazo del sector y de los gobernadores patagónicos
- INCAA: Se deroga la modificación del artículo 21 y se mantiene la asignación específica para el Instituto Nacional De Cine Y Artes Audiovisuales, que seguiría recibiendo un monto de recursos de manera automática
- Fondo Nacional de las Artes: Se deja de propiciar su cierre y se propone “explorar mecanismos para que su ecuación económica sea más favorable a la comunidad artística”. Los directores deberán ser ad-honorem y los gastos no pueden representar más del 20% de sus ingresos
- INAMU y Conabip: Se restringen los gastos del INAMU y Conabip a que no sean mayores al 20% de sus ingresos, sin proponer otros cambios de estructura
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