Consideraron:

Que en la coyuntura actual de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, y encontrándose la Provincia de Jujuy comprendida dentro del artículo 10 del Decreto Nº 605/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y su correlativo provincial, nos obliga a aplicar de manera urgente estrictas medidas de higiene y bio seguridad a los fines de mantener el distanciamiento social entre todos los operadores del servicio de justicia y evitar la circulación y aglomeramiento de personas en las distintas dependencias del Poder Judicial.

Que la Feria Judicial Extraordinaria por razones sanitarias dispuesta por Acordada Nº 73 del 22/07/2020 mantuvo la prestación de servicios normal y habitual de magistrados, funcionarios y empleados de los Juzgados del Fuero Penal de Control, Juzgado de Ejecución de Pena, Juzgado de Violencia de Género y Juzgado de Menores que por turno corresponda, quienes mantienen comunicaciones permanentes con organismos externos al Poder Judicial tales como el Servicio Penitenciario, Departamento Judicial de la Policía de la Provincia y el Patronato de Liberados.

Que ante estas circunstancias y sustentado en las facultades que nos otorga la Ley Provincial Nº 6175, resulta necesario avanzar con el proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia con la habilitación de procedimientos digitales y comunicaciones electrónicas seguras en los procesos judiciales y administrativos del Poder Judicial de Jujuy, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales en soporte papel o físico, mediante el uso de firma electrónica y/o digital.

Que la plataforma tecnológica implementada en este Poder Judicial para la gestión integral de los procesos judiciales y administrativos (S.I.G.J.) y su proceso de avance hacia el expediente digital y la tramitación electrónica, permite la incorporación de usuarios pertenecientes a organismos externos asignándoles cuentas, permisos y roles predefinidos, los que en este caso permitirían el intercambio de Oficios, Notificaciones, Citaciones de Personas, Informes digitales y toda otra gestión documental digital que los agentes a cargo estimen necesaria para la prosecución de las causas.

Que en este sentido, el Departamento de Sistemas y Tecnologías de la Información se encuentra en avanzado estado de desarrollo de un módulo en el S.I.G.J. para la gestión digital de documentos firmados electrónica o digitalmente que permite a los órganos jurisdiccionales dirigir oficios, requerimientos, citaciones, notificaciones digitales, etc. a cualquier usuario del sistema, recibiendo los informes y devoluciones de éstos por el mismo medio. Todas estas comunicaciones son incorporadas al trámite de las diferentes causas para la formación del expediente electrónico.

Que personal del mencionado departamento se puso en contacto con directivos del Servicio Penitenciario, del Departamento Judicial de la Policía de la Provincia y del Patronato de Liberados relevando necesidades, tipos de comunicaciones y usuarios necesarios para la presente implementación.

Por ello, y en uso de las facultades concedidas por el art. 167 inc. 6º y 15º de la Constitución de la Provincia y art. 49º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Superior Tribunal de Justicia;

Resuelve:

1- Implementar a través de una prueba piloto del módulo del S.I.G.J. la gestión digital de documentos firmados electrónica o digitalmente de Oficios, Notificaciones, Citaciones de Personas, Informes digitales y demás tramites dirigido a instituciones, los que serán incorporados al trámite de las diferentes causas para la conformación del expediente digital. La ejecución de las diligencias digitales interinstitucionales en primer término se llevará a cabo entre los Juzgado habilitados en la Feria Extraordinaria dispuesta por la Acordada Nº 73/2020, Juzgado Penal de Control, Juzgado de Violencia de Genero, Juzgado de Menores y Juzgado de Ejecución de la Pena con el Servicio Penitenciario, el Departamento Judicial de la Policía de la Provincia y el Patronato de Liberados y luego de los ajustes pertinentes podrá ser replicada paulatinamente en los demás fueros e instancias así como en dependencias administrativas de éste Poder Judicial, abogados del foro local y demás auxiliares de la justicia.

2- Facultar al Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia a realizar los convenios de cooperación con las instituciones respectivas a los fines de la implementación de la presente Acordada.

3- El Departamento de Sistemas y Tecnologías de la Información otorgará usuarios y claves de acceso a los agentes que los organismos externos designen para el cumplimiento de la presente y arbitrará los medios para la capacitación de todos los agentes involucrados.

4- Hacer saber a los operadores de las comunicaciones digitales que, como todo usuario del S.I.G.J., deben mantener el control y resguardo de su usuario y clave de acceso al mismo impidiendo su divulgación. Toda actividad que se registre en él, será responsabilidad de su titular quedando registros auditables en el mismo.

5- Hacer saber al Poder Ejecutivo Provincial, Ministerio de Seguridad, Ministerio Publico de la Acusación y Ministerio Publico de la Defensa Penal.

6- Notificar. Dar amplia difusión.

Firmado: Dr. Sergio Marcelo Jenefes; Dr. Sergio Ricardo González; Dra. Clara Aurora De Langhe de Falcone; Dra. Laura Nilda Lamas González; Dr. Federico Francisco Otaola; Dra. Beatriz Elizabeth Altamirano; Dr. José Manuel del Campo; Dra. María Silvia Bernal.

Ante mí: Dr. Ariel Omar Cuva – Secretario de Superintendencia.