El sistema comenzará a funcionar a partir del 10 de agosto próximo, con lo que se conseguirá automatizar y agilizar notablemente los tiempos de creación de cédulas de notificaciones, aumentando la productividad y resolución de causas en todas las dependencias judiciales.

Además, dejará sin efecto la utilización del Casillero Físico de Notificaciones lo que permitirá eliminar el uso de cédulas en soporte papel, disminuir los costos de impresión involucrados y eliminar el volumen de las que se agregan a los expedientes por cada notificación realizada.

De esta manera, los abogados, entre otros usuarios del servicio de justicia, podrán recibir las notificaciones en el domicilio electrónico que a tal efecto fijen, sin tener que concurrir a las dependencias judiciales a retirar las comunicaciones en papel, como históricamente se realiza.

Las notificaciones electrónicas cumplen con todos los requisitos legales y de seguridad que brinda la utilización de la firma electrónica o digital a los documentos confeccionados de este modo.

En este sentido, cabe destacar que, la informatización y digitalización de las causas judiciales mediante el uso de comunicaciones electrónicas y de domicilio electrónico en todos los procesos judiciales y administrativos con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales en soporte papel, está previsto en la Ley Provincial Nº 6175, y se ha visto acelerada debido a la situación de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19.


Funcionamiento del Sistema

El funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas fue reglamentado por el Superior Tribunal de Justicia mediante Acordada N° 78/2020, la que puede ser consultada en la página del Poder Judicial www.justiciajujuy.gov.ar

Sobre el particular, se estableció que el Departamento de Sistemas y Tecnologías de la Información del Poder Judicial administrará técnicamente el sistema de notificaciones; y para acceder al mismo las partes que intervengan en un proceso judicial están obligadas a constituir un domicilio electrónico adonde serán notificadas.

Además, deben estar registradas con un nombre de usuario y contraseña que constituyen su identificación electrónica judicial o cuenta de acceso al sistema.

A tal fin, bajo supervisión de la Secretaría de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia, el citado Departamento proporcionará a requerimiento del interesado que cumpla los requisitos del caso, un nombre de usuario y contraseña que le permita ingresar al sistema para utilizar sus servicios y acceder a las cédulas de notificación recibidas de todos los organismos jurisdiccionales.

En cuanto a la seguridad, el Departamento de Sistemas y Tecnología de la Información mediante la tecnología de firma digital, firma electrónica y auditorias de registros del sistema, garantizará el uso exclusivo del domicilio electrónico por parte de su titular; como también la integridad de la información contenida en las cédulas electrónicas cursadas, la identificación del funcionario judicial firmante y la dependencia judicial donde se originó la misma.

Cabe recordar que, los abogados litigantes ya poseen usuario y clave de acceso debido a que el Sistema de Notificaciones Electrónicas funciona desde hace varios años atrás en paralelo con las notificaciones en papel. Estas últimas, como se dijo, serán eliminadas definitivamente a partir del 10 de agosto de 2020.