Además, en el veredicto de los jueces dictado hoy, 27 de septiembre de 2021, se ordenó la obtención del perfil genético del condenado a los efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.


Los hechos

De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, D.O.V. llegó a juicio por 3 ilícitos. En la primera acusación, los hechos ocurrieron desde el año 2019, en fechas y horarios sin precisar, en una vivienda ubicada en Pálpala, cuando el hombre, aprovechando que convivía con una niña de 9 años de edad y la situación que la madre de la misma no se encontraba en el inmueble, llamaba a la menor a su dormitorio y la besaba en los labios, para luego tocarle sus partes intimas, lo que se repitió en varias oportunidades.

El segundo de los hechos, sucedió durante el año 2019, en fechas y horarios sin precisar, en la misma casa, cuando el acusado, aprovechando la situación de convivencia con otra niña de 7 años de edad, y en circunstancia que la madre de la menor no se encontraba presente, la besaba en los labios ocurriendo esto en varias oportunidades.

El último hecho tuvo lugar el 28 de junio de 2019, aproximadamente a las 21 horas, en otra vivienda de la ciudad de Pálpala, en oportunidad que personal de la línea 102 se hizo presente en el domicilio, y el imputado le manifestó a su pareja, "te voy a cagar matando si me denuncias".

El Tribunal estuvo integrado por las juezas Alejandra Tolaba – presidente de trámite-, y Felicia Barrios, y el juez Luciano Yapura; en tanto, la secretaría estuvo a cargo de la Dra. Carina Planckensteiner.

El representante del Ministerio Público de la Acusación fue el Dr. Marcelo Cuellar, quién solicitó para el acusado la pena de 12 años de prisión.

Por se parte, el Defensor Oficial Penal, Dr. Esteban Salinas Seguir, perteneciente al Ministerio Público de la Defensa Penal, pidió para su defendido, D.O.V., la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.