{jkhighlight}El presidente del Partido Justicialista y diputado del Frente de Todos, José Luis Gioja, solicitó al Poder Ejecutivo, a la Oficina Anticorrupción y a la Sigen que instruya "los mecanismos para promover acciones de responsabilidad patrimonial sobre el acuerdo firmado por la Argentina con el FMI en el Gobierno de Mauricio Macri"{/jkhighlight}.
El pedido está plasmado en un proyecto de resolución que está en sintonía con la postura planteada por el presidente Alberto Fernández en la Asamblea Legislativa, el último lunes, de impulsar una querella sobre el endeudamiento asumido por la Argentina en el gobierno de Mauricio Macri.
Gioja argumentó que su pedido se debe a que en junio de 2021 finaliza el plazo de prescripción fijado en el artículo 9 de la ley 26.944 para poder realizar una investigación sobre el acuerdo con el FMI firmado durante el gobierno de Cambiemos.
Por ese motivo, el vicepresidente segundo de la cámara baja solicitó que tanto "el Poder Ejecutivo, la Oficina Anticorrupción y la Sindicatura General de la Nación se aboquen de inmediato a esta cuestión"
{jkhighlight}Gioja pidió así la aplicación la Ley de Administración Financiera que establece que "los funcionarios responderán por los daños económicos que por su dolo, culpa o negligencia, en el ejercicio de sus funciones, sufran los entes mencionados siempre que no se encontrare comprendida en regímenes especiales de responsabilidad patrimonial"{/jkhighlight}.
El Poder Ejecutivo de entonces, encabezado por Mauricio Macri, eludió los controles parlamentarios
"Dadas esas irregularidades constitucionales, legales y procedimentales, estimamos que el Poder Ejecutivo, la Oficina Anticorrupción y la Sindicatura General de la Nación deben arbitrar medios de inmediato para que se articule la acción de responsabilidad patrimonial contra los funcionarios que intervinieron en la celebración del acuerdo con el FMI en 2018", completó Gioja al argumentar las razones de su pedido en los fundamentos del proyecto.
Además, recordó que la ley de Responsabilidad del Estado Nacional establece que: "La actividad o inactividad de los funcionarios y agentes públicos en el ejercicio de sus funciones por no cumplir sino de una manera irregular, incurriendo en culpa o dolo, las obligaciones legales que les están impuestas, los hace responsables de los daños que causen". Recordó asimismo que "la pretensión resarcitoria contra funcionarios y agentes públicos prescribe a los tres (3) años".
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